viernes, 11 de mayo de 2018

Dotación de Muebles Sanitarios

Cuando se habla de dotación de Muebles Sanitarios nos referimos a la cantidad de mobiliario sanitario que se necesitan para colocar en un espacio sanitario determinado. va a depender de diferentes factores:
  • funciones que se vallan a realizar en esos espacios sanitarios
  • frecuencia de uso de los mismos
  • cantidad de personas que vallan a utilizar estos espacios
Todo núcleo básico de vivienda unifamiliar estará dotado por lo menos de: una ducha, un inodoro y un lavadero

Toda casa – habitación o unidad de vivienda, estará dotado por lo menos de un servicio sanitarios que constará de: inodoro, lavatorio y ducha. En la cocina se dispondrá de un lavadero

Los locales comerciales o edificios destinados a oficinas, tiendas o similares, deberá ser dotado como mínimo de servicio sanitario en la forma, tipo y número que se especifica a continuación:
  • En cada local comercial con área menor de 60 m², se dispondrá por lo menos, de un servicio sanitario dotado de inodoro y lavatorio
  • En los locales con área mayor de 60 m², se dispondrá de servicios sanitarios para hombres y mujeres. Dotados de los aparatos sanitarios que se indican en la Tabla Nº 1:
Tabla Nº 1
Área del local (m²)
Hombres
Mujer
Inod.
Lav.
Urin.
Inod.
Lav.
61-150
1
1
1
1
1
151-350
2
2
1
2
2
351-600
2
2
2
3
3
601-900
3
3
2
4
4
901-1250
4
4
3
4
4
Por cada 400 m² adicionales
1
1
1
1
1
Cuando se proyecte usar servicios sanitarios comunes a varios locales, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Se proveerán servicios sanitarios debidamente separados para hombres y mujeres, ubicados en lugares accesibles a todos los locales a servir
La distancia entre los locales comerciales y los servicios sanitarios, no podrá ser mayor de 40m en su sentido horizontal; ni podrá mediar mas de un piso entre ellos, en sentido vertical

En los centros comerciales, supermercados y  complejos dedicados al comercio, se proveerá para el público servicios sanitarios para hombres y mujeres, con las proporciones indicadas en la Tabla Nº 2.

Tabla Nº 2
Área del local (m²
Hombres
Mujer
Niños
Inod.
Lav.
Urin.
Inod.
Lav.
Inod.
Lav.
Por cada 500 m² o menos de área construida
1
1
1
2
1
1
1

En los restaurantes, cafeterías, bares, fuentes de soda y similares; se proveerán servicios sanitarios para público, de la siguiente forma:
 - Los locales con capacidad de atención simultanea de hasta 15 personas, dispondrán por lo menos de un servicio sanitarios con un inodoro y un lavatorio.
 - Cuando sobrepase las 15 personas guiarse por la Tabla Nº 3.
Tabla Nº 3
Capacidad (personas)
Hombres
Mujer
Inod.
Lav.
Urin.
Inod.
Lav.
16-60
1
1
1
1
1
61-150
2
2
2
2
2
Por cada 100
1
1
1
1
1
En las plantas industriales, toda área de trabajo debe de estar provista de servicios sanitarios adecuados y separados para ambos sexos. La relación mínima que debe de existir entre  el número de trabajadores y el de muebles sanitarios se señala en la Tabla Nº 4.

Tabla Nº 4
Trabajadores
Inod.
Lav.
Duch.
Urin.
Beb.
1-9
1
2
1
1
1
10-24
2
4
2
1
1
25-49
3
5
3
2
1
50-100
5
10
6
4
2
Por cada 30 adicionales
1
1
1
1
1
En los locales educacionales se proveerán servicios sanitarios según lo especializado en la Tabla Nº 5.

Tabla Nº 5
aparatos/alumnos
Nivel
Primaria
Secundaria
Aparatos
Hombres
Mujeres
Hombres
Mujeres
Inodoro
1/50
1/30
1/60
1/40
Lavatorios
1/30
1/30
1/40
1/40
Duchas
1/120
1/120
1/100
1/100
Urinarios
1/30
---
1/40
---
Botadero
1
1
1
1
Para locales de hospedaje se proveerán los servicios sanitarios de la siguiente forma:
•Hoteles 5 estrellas: cada dormitorio contará de un SS provisto de: tina y ducha, inodoro, bidet o similar y lavatorio. Las habitaciones dobles dispondrán de dos lavatorios
•Hoteles 4 estrellas: el 75% de los dormitorios, como mínimo, dispondrán de: tina y ducha, inodoro, bidet –o similar y lavatorio; el 25% restante contará con ducha, inodoro y lavatorio.
•Hoteles 3 estrellas: el 25% de los dormitorios estará dotado de: tina y ducha, inodoro, bidet ó similar y lavatorio; el 75% restante de: ducha, lavatorio e inodoro
Hoteles 2 estrellas, hostales, hostales residenciales, moteles de 1, 2 y 3 estrellas y centros vacacionales de 3 estrellas: todas  las habitaciones contarán con SS  dotado de: ducha, lavatorio e inodoro
Hoteles 1 estrella: el 50% de las habitaciones estará dotado de SS con: ducha, lavatorio e inodoro; el otro 50% contará de lavatorio. Por cada 5 habitaciones no dotadas de servicios sanitarios, existirá en cada piso, como mínimo, dos SS dotados de ducha independiente,  2 inodoros y lavatorio
Hostales y hostales residenciales de 2 estrellas:  el 30% de las habitaciones estará dotado de SS con inodoro, ducha y lavatorio y el 70% restante con lavatorio
Hostales y hostales residenciales de 1 estrella: en cada planta y por cada 7 habitaciones se instalarán 2 SS con ducha independiente, inodoro y lavatorio.
En centros vacacionales de 2 estrellas: el 50% de los dormitorios estarán dotados de SS privados con ducha inodoro y lavatorio; el otro 50% constará solo con lavatorios. Por cada 5 habitaciones se instalarán baños comunes e independientes para hombres y mujeres dotados de: duchas independientes, lavatorios e inodoro, en el de hombre se deberá instalar un urinario
En cada piso de todos los locales de hospedaje, se instalará un botadero.
En todos los locales de hospedaje se proporcionará para el personal SS independientes para hombres y mujeres en lugares convenientes, tal como se observa en la Tabla Nº 6.
Tabla Nº 6
Trabajadores
Inod.
Lav.
Duch.
Urin.
1-15
1
2
1
1
16-24
2
4
2
1
25-49
3
5
3
1
Por cada 20 adicionales
1
1
1
1
•En todos los locales de hospedaje se instalarán SS independientes para hombres y mujeres cercanos a los locales de reunión, tal como se señala en la Tabla Nº 7. 
Las cocinas dotadas de por lo menos 2 lavaderos

Tabla Nº 7
Trabajadores
Inod.
Lav.
Urin.
1-15
1
1
1
16-60
2
2
1
61-150
3
4
2
Por cada 100 adicionales
1
1
1
Para locales destinados al servicio de alimentación colectiva se proveerán los servicios sanitarios para hombres y mujeres como se aprecia en la tabla N° 8:
Tabla 8 (Para Hombres)
No de personas
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Urinario
Bebedero
1-15
1
2
1
1
1
16-24
2
4
2
1
1
25-49
3
5
3
2
1
Por cada 30 adicionales
1
1
1
1
1
Tabla 8 (Para Mujeres)
No de personas
Inodoro
Lavamanos
Urinario
1-15
1
1
1
16-60
2
2
1
61-150
3
4
2
Por cada 100 adicionales
1
1
1
En las construcciones de hospitales, clínicas y similares, se considerará el tipo y servicios sanitarios, teniendo en cuenta las cantidades mínimas que se señalan a continuación:

Para Pacientes
Para cuartos individuales:
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Un Servicio sanitario :
1
2
1
Para salas comunes:  un
Servicio sanitario cada 5 camas
1
2
1
Para departamento médico administrativo y de servicio
Para oficinas principales:
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Un Servicio sanitario :
1
1
1
Para departamento médico administrativo y de servicio
(lavandería, cocina, comedor de personal, etc.)
Numero de Trabajadores
Hombres
Mujeres
Inod.
Lavam.
Ducha
Urin
Inod.
Lavam.
Ducha
De 1-15
1
2
1
1
1
2
1
De 16-25
2
4
2
1
2
4
2
De 26-50
3
5
3
1
3
5
3
Por cada 20 adicionales
1
1
1
1
1
1
1
Consultorios
Numero de Consultorios
Hombres
Mujeres
Inod.
Lavam.
Urin
Inod.
Lavam.
Hasta 4 consultorios
1
1
1
1
1
De 10 a 14 consultorios
2
2
2
2
2
Por cada 10 adicionales
1
1
1
1
1
Hospitalización
Un servicio sanitario por cada 500 m2 de área de hospitalización
Hombres
Mujeres
Inod.
Lavam.
Urin
Inod.
Lavam.
1
1
1
1
1
En los locales deportivos, se proveerá servicios sanitarios para deportistas y personal conexo, de acuerdo a la tabla 9.

Tabla 9
Complejos Deportivos
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Urinario
Vestuarios
2
2
6
2
Árbitros y Jueces
1
1
2
-
Primeros Auxilios
1
1
1
-
Gimnasio para Judo, Lucha y Pesa
Vestuario
1
2
3
1
Instructores y Jueces
1
1
1
-
Sala Médica
1
1
1
-
Tabla 9 (continuación)
Gimnasio para Gimnasia
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Urinario
Vestuarios por cada 10 deport
1
2
3
1
Instructor o Profesor
1
1
1
1
Sala Médica
1
1
1
1
Gimnasio para Esgrima
Vestuario
2
2
1
2
Primeros auxilios
1
1
1
-
Gimnasio para Box
Vestuario
2
2
1
2
Instructor o Profesor
1
1
1
-
Tabla 9 (continuación)
Tenis
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Urinario
2 Vestuarios, cada uno con:
1
1
6
-
Árbitros
1
1
1
-
Piscina Cubierta
Primeros auxilios
1
1
1
-
Instructor
1
1
1
-
Nadadores Hombres
3
3
6
2
Nadadores Mujeres
3
3
6
-
Campo de Futbol
Vestuario
1
2
6
-
Árbitros
1
1
1
-
En las playas, se proveerá de servicios sanitarios, según lo especificado en la normatividad vigente que establece lo siguiente:
• El número de servicios sanitarios se distribuirán en baterías con inodoros, duchas y urinarios, con una distancia máxima entre baterías de 200 m.
• Los inodoros estarán en compartimentos separados, las duchas serán colectivas pero separadas para hombres y mujeres de acuerdo a la tabla 10.
Tabla 10
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Urinario
Bebedero
Por cada 300 personas
1
1
1
1
1
En los establecimientos de baños para uso público, los servicios sanitarios estarán separados para hombres y mujeres. Los inodoros deberán tener compartimientos separados con puerta. El número de aparatos sanitarios se calculará de acuerdo a la tabla N° 11.

Tabla 11
Inodoro
Uno por cada 100 personas
Lavatorio
Uno por cada 150 personas
Ducha
Uno por cada 50 personas
Urinario
Un metro lineal o 2 individuales por cada 100 hombres
Bebedero
Uno por cada 150 personas
En los locales para espectáculos deportivos públicos de concurrencia masiva (Estadios, Coliseos, etc.) los servicios sanitarios se acondicionarán en baterías por cada 2000 espectadores separadas para hombres y mujeres, teniendo en cuenta que la concurrencia de mujeres es aproximadamente 1/3 del total de espectadores.
El número de aparatos sanitarios se calculará conforme a la tabla N° 12.

Tabla 12
Inodoro
Uno por cada 500 hombres y
Lavatorio
Uno por cada 300 mujeres
Ducha
Uno por cada 500 personas
Urinario
Un metro lineal o 2 individuales por cada 100 hombres
Bebedero
Uno por cada 500 personas
En Mercados, para el personal de servicios, se proveerá de servicios sanitarios como se indica a continuación:

Inodoro
Lavamanos
Ducha
Urinario
Por cada 200 puestos o menos
1
1
1
1
Para el público se proveerá servicios sanitarios separados para hombres y mujeres en la siguiente proporción:
Por cada 250 m2 o menos de área construida
Hombres
Mujeres
Inod.
Lavam.
Urin
Inod.
Lavam.
1
1
1
2
1

En las obras de edificación en construcción, se proveerán de servicios sanitarios conectados a la red pública o pozo séptico, de acuerdo a lo establecido por las Normas Básicas de Seguridad e higiene en Obras de Edificación, según Tabla 13.

Tabla 13
No de trabajadores
Inodoro
Lavamanos
Ducha
Urinario
1-9
1
2
1
1
10-24
2
4
2
1
25-49
3
5
3
2
50-100
5
10
6
4
Por cada 30 adicionales
1
1
1
1

Para viviendas:
•En habitaciones individuales con servicios sanitarios incorporados, se colocarán inodoro, lavatorio y ducha
•En viviendas colectivas los SS constarán de los siguientes aparatos:

Nº de camas
Inod.
Lav.
Duch.
Urin.
Por cada 10 camas
2
1
2
1
Estas recomendaciones son adecuadas solo en promedios. Pueden ser insuficientes para un número pequeño de usuarios y a la vez excesivas para un número grande de ellos.